En este artículo conoceremos con detalle cómo realizar el Registro Único de Arrendamiento y cumplir con la normativa para evitar sanciones y seguir con nuestra actividad como VUT. Recuerda que esta normativa y su aplicación será obligatoria a partir del 1 de julio de 2025, tras finalizar el período transitorio para empresas, plataformas y administraciones, véase: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2024-26931
Para registrar tu propiedad en el Registro Único de Arrendamientos, debes seguir una serie de pasos que en esta publicación desglosaremos para ti con la finalidad de hacerlo más sencillo.
✅ Requisitos previos
Es importante destacar que durante todo el proceso se debe de subir toda la documentación obligatoria, estas pueden incluir:
- Escritura o contrato de propiedad.
- Certificado de eficiencia energética.
- Licencia de uso turístico (si aplica en tu comunidad autónoma).
- Disponer del Código de Registro Único (CRU o IDUFIR) de la vivienda, esta información la pueden encontrar en las escrituras de compraventa o en la nota del Registro de Propiedad.
- Descargar e instalar el programa de AutoFirma en el ordenador (preferiblemente en la última versión que hemos anexado: https://firmaelectronica.gob.es/ciudadanos/descargas.html). En caso de utilizar un dispositivo Mac, este programa podría tener algunos inconvenientes.
✅ Cómo cumplimentar el formulario
A) Acceder a: https://www.sede.fnmt.gob.es/certificados/persona-fisica para obtener un certificado digital necesario para rellenar el formulario en el Registro de Propiedad y presentarlo telemáticamente.
- Hay varias opciones para obtenerlo, aquí puedes escoger la opción que prefieras:
B) Acceder a la ventana principal de la página de Registradores para obtener el número de registro https://sede.registradores.org/sede/sede-corpme-web/registro-de-la-propiedad/presentacion-telematica/presentacion-documentos/formulario_SEDE-RP-31-InsCodComRegAlqCorDur
- Clicar en la opción de Número de Registro de Alquiler, allí visualizarás las diferentes preguntas del formulario, debéis completar con la información de vuestro alojamiento.
C) La primera parte del formulario debe ser completada con los datos de vuestro alojamiento, aseguraos de tener a la mano los documentos como CRU, Registro Catastral, Escrituras de la propiedad. El registro destino, es el lugar donde se ha hecho la firma y registro del alojamiento, este se encuentra dentro del documento del Registro de Propiedad. 
D) Datos del titular de la vivienda, (si hubiese más de uno pulsaremos Añadir) y, si fuera necesario, los datos de la/s Persona/s a la que representan el/los interesados.
E) Los apartados Expone y Solicita aparecen como cumplimentados
F) Debemos indicar obligatoriamente el CRU de la propiedad, el cual es un identificador de 14 dígitos (puede encontrarlo en: escrituras de la propiedad, nota simple o documentos registrales), sobre la propiedad de la que queremos solicitar los Números de Registro de Alquiler.
Se podrá añadir información complementaria que permita su identificación marcando el check correspondiente.
G) Debemos colocar la dirección del alojamiento 
H) Datos del inmueble: dirección, referencia catastral, número de plazas, tipo de uso. La referencia catastral de vuestro inmueble se encuentra dentro de las escrituras del mismo.
- El número máximo de arrendatarios se refiere al número de huéspedes que puede alojar el inmueble.
I) Lugar, fecha y hora debe ser relleno con los datos del día de la solicitud de NRA.
J) Para finalizar, debe clicar en Descargar Documento Cumplimentado para que pueda tener constancia de solicitud, tener en cuenta que lo utilizaremos más adelante. 
✅ Cómo hacer la presentación telemática
Lo siguiente que debes realizar al finalizar el formulario de NRA, es realizar la presentación telemática, para ello te diriges al menú principal y buscas la opción de presentación telemática.
Tras la presentación telemática, recibirás el número de registro asignado que deberá incorporarse en cualquier anuncio publicado en plataformas digitales. Este va a llegar a vuestra dirección de correo electrónico, es importante revisar la bandeja de SPAM o no deseados en caso de no encontrarla en la bandeja principal.
1- Utilizaremos el sistema de identificación Certificado Electrónico, recordad que es necesario estar abonado al servicio de presentación telemática del Colegio de Registradores. Si no lo estás, regístrate pulsando en https://sede.registradores.org/site/alta/alta-abonado.
Una vez dentro del enlace deben de marcar la 3ª opción: “Presentar telemáticamente un documento (cuentas anuales, libros legalizados, cualquier otro documento) en los Registros de la Propiedad, Mercantil y Bienes Inmuebles”.
2- Seleccionaremos un certificado válido para autentificar nuestra identidad y pulsaremos Aceptar.
3- Confirmamos nuestros credenciales y pulsaremos Permitir para continuar con el proceso.
4- Una vez que hemos accedido, buscaremos la opción de presentación telemática
5– Desde la pantalla de la solicitud de nueva Presentación Telemática, tras indicar el Tipo de operación Asignación de Número de Registro de Alquiler.
Desde allí colocarás los datos que solicitan y sigue cada uno de los pasos detalladamente.
- Sección 1, seleccionamos la opción de Registro de Propiedad
- Sección 2, seleccionamos la opción de Nueva presentación
- Sección 3, indicaremos que queremos presentar un documento de naturaleza privada. Para el tipo de operación, seleccionaremos “Asignación de Número de Registro de Alquiler para Alquileres de corta duración”.
- Sección 4, elegir el registro destino.
- Sección 5, Indicaremos los datos del documento y, añadir la finca o propiedad de la cual desea el número de registro.
- Sección 6, Adjuntaremos toda la documentación que deseemos aportar. Es imprescindible, al menos, el formulario de solicitud de asignación del NRA que cumplimentamos previamente.
- Sección 7, Por último, debemos rellenar los datos del presentante y los datos de facturación, indicando también si estamos obligados a practicar la retención IRPF. Tras lo cual pulsaremos Guardar y continuar.
- Sección 8, debemos verificar y firmar los documentos adjuntos, para lo cual es necesario tener instalada la aplicación autofirm@.
- Sección 9, una vez firmado y verificado los documentos, procederemos a enviarlos.
- Sección 10, aceptamos los términos y condiciones, tras eso, podremos observar la confirmación de que la presentación ha sido ejecutada con éxito y recibiremos una acuse de recibo.
- Sección 11, recibiremos a al correo un mensaje con el enlace a la Sede electrónica para descargar la comunicación en la que se indica el NRA PROVISIONAL.
✅ Qué hacer después de obtener el NRA
Al obtener el NRA, debemos de subirlo a nuestros anuncios en las plataformas, estas deben asegurarse de que los arrendadores identifiquen su vivienda con el NRA otorgado. Este número debe ser visible en los anuncios. Además, las plataformas deben realizar comprobaciones periódicas y aleatorias, e informar a la Ventanilla Única Digital sobre los resultados negativos de dichas comprobaciones.
También puedes obtener más información sobre el Registro Único de Arrendamiento en: https://jitkey.com/registro-unico-de-arrendamientos-2025/
🧾 Preguntas Frecuentes
📝El solicitante no es el propietario de la finca
Nuestro cliente no es el titular registral del inmueble.
Este número solo puede solicitarlo el propietario o una persona debidamente autorizada por él.
✅ ¿Qué se necesita en este caso?
El formulario de solicitud del NRA debe ir a nombre del propietario de la finca como interesado.
- Autorización del propietario de la finca
- Deb firmar un documento autorizando a nuestro cliente a realizar la solicitud en su nombre.
- Documento de identificación del propietario de la finca
- DNI/NIE/pasaporte escaneado
- El formulario de solicitud del NRA debe ir a nombre del propietario de la finca como interesado
📝La comunidad de vecinos ha prohibido la actividad turística, pero la licencia VUT es anterior a esto
Nuestro cliente registró su vivienda en la Junta de Andalucía, pero posteriormente la comunidad de vecinos ha prohibido en los estatutos de la comunidad la actividad turística.
- Conforme al artículo 17.12 de la Ley de Propiedad Horizontal, solo una modificación estatutaria expresa, aprobada por una mayoría de tres quintos de propietarios y cuotas, puede limitar el uso turístico de una vivienda.
- En todo caso, cualquier modificación estatutaria o interpretación restrictiva no puede aplicarse con carácter retroactivo a una actividad legalmente iniciada con anterioridad, conforme al principio de irretroactividad de las normas restrictivas de derechos (art. 9.3 CE y jurisprudencia del TSJC y del TS).
✅ ¿Qué se necesita en este caso?
- Licencia VUT, Declaración Responsable donde aparezca la fecha de expedición y Resolución de la DR.
- Certificado de dominio de la vivienda donde se indique que no está prohibida la actividad turística (al menos cuando se solicitó la licencia).
- Cualquier otro documento que demuestre que no hay problema en la comunidad de vecinos para la actividad turística.
📝Subsanar una solicitud de NRA en caso de recibir un aviso de Calificación Defectuosa
En caso de querer subsanar un número de registro de alquiler. Puedes subsanar realizando los pasos habituales pero en lugar de marcar la opción «nueva presentación» debes marcar «subsanar presentación».
✅ ¿Qué se necesita en este caso?
- Debes disponer del número de Entrada/año del documento. Se localiza en la propia notificación que te manda el Registro de la Propiedad, así como en todos los documentos que recibas durante el proceso de solicitud del NRA.

Podrán obtener una plantilla descargable para Alegaciones en caso de recibir un aviso de Calificación Defectuosa o Modelo de Autorización a través de: https://jitkey.com/registro/ en el apartado de comentarios, deben indicar que solicitan y se lo enviaremos gratuitamente.
¿Necesitas ayuda con este u otro asunto de tu vivienda con fines turísticos? Visita nuestra web y consulta nuestros servicios y planes aquí.